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Nuevas disposiciones migratorias en la histórica ley “Un Solo Gran y Hermoso Proyecto de Ley”

 El “One Big Beautiful Bill Act” (Ley de Un Solo Gran y Hermoso Proyecto de Ley) del presidente Donald Trump contiene al menos 30 disposiciones relacionadas con la migración, incluyendo fondos para reforzar la seguridad fronteriza y otras medidas. (Foto: OSV News/Leah Millis, vía Reuters)

El pasado 17 de julio, la Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos (USCCB, por sus siglas en inglés) publicó una lista detallada de todas las disposiciones migratorias incluidas en la nueva ley firmada por el presidente Donald Trump el 4 de julio.

A continuación, se presenta un resumen de esa lista elaborado por la USCCB, incluyendo el detalle de cada disposición. El texto ha sido editado por claridad y brevedad.

Sección 10108: “Elegibilidad de Extranjeros para SNAP”

El Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés) proporciona alimentos a familias de bajos ingresos. Esta disposición restringe la elegibilidad al SNAP a residentes permanentes legales (titulares de “green card”), personas acogidas bajo los programas especiales para cubanos/haitianos y otros migrantes con estatus legal en EE.UU. Esto elimina la elegibilidad para refugiados, solicitantes de asilo, personas con suspensión de deportación, víctimas de trata y otros no ciudadanos que anteriormente calificaban.

Sección 70104: “Extensión y mejora del Crédito Tributario por Hijos”

Para que un menor reciba el Crédito Tributario por Hijos (CTC), ahora el adulto que presenta la declaración debe tener número de Seguro Social. Antes, solo el niño calificado debía tenerlo. Como consecuencia, niños ciudadanos estadounidenses cuyos padres carecen de número de Seguro Social ya no podrán beneficiarse del CTC.

Sección 71109: “Elegibilidad de Extranjeros para Medicaid”

A partir del 1º de octubre de 2026, con excepciones limitadas, esta disposición elimina la elegibilidad para Medicaid de refugiados, solicitantes de asilo, personas con suspensión de deportación y otros no ciudadanos que antes calificaban. Los residentes permanentes siguen sujetos a un período de espera de cinco años. Los cubanos/haitianos y quienes residen legalmente en EE.UU. en virtud de los Pactos de Libre Asociación con Micronesia, Islas Marshall y Palau seguirán siendo elegibles.

Sección 71201: “Limitación de la cobertura de Medicare para ciertos individuos”

Se elimina la elegibilidad para Medicare de todos los refugiados, solicitantes de asilo y personas con suspensión de deportación. Se mantiene para cubanos/haitianos y para quienes residen legalmente bajo los Pactos de Libre Asociación. Quienes ya estaban inscritos en Medicare antes de la promulgación, pero pierdan su estatus, verán finalizada su cobertura a partir del 4 de enero de 2027. Los residentes permanentes siguen sujetos al período de espera de cinco años.

Sección 90001: “Infraestructura Fronteriza y Sistema de Muro”

Se asignan $46.55 mil millones disponibles hasta el 30 de septiembre de 2029 para infraestructura fronteriza y el sistema de muro, incluyendo caminos de acceso y tecnología de vigilancia.

Sección 20011: “Mejoras en el apoyo fronterizo y misiones antidrogas del Departamento de Defensa”

Esta disposición otorga $1 mil millones, disponibles hasta septiembre de 2029, para el despliegue de personal militar en apoyo a operaciones fronterizas, misiones antidrogas y contra organizaciones criminales transnacionales, así como para la construcción de áreas de defensa nacional y la detención temporal de migrantes en instalaciones del Departamento de Defensa.

Sección 90002: “Personal, vehículos y estructuras de Aduanas y Protección Fronteriza”

Se otorgan $4.1 mil millones para contratación y formación de agentes de la Patrulla Fronteriza y otro personal, $855 millones para vehículos, y $5 mil millones para adquisición y mejora de instalaciones y puntos de control. Todo disponible hasta el 30 de septiembre de 2029.

Sección 90003: “Capacidad de detención”

Se asignan $45 mil millones, disponibles hasta el 30 de septiembre de 2029, para detención de adultos y familias. Se permite la detención indefinida de familias.

Sección 100051: “Asignaciones para el Departamento de Seguridad Nacional”

Además de los fondos ya existentes, se suman más de $2 mil millones, disponibles hasta el 30 de septiembre de 2029, para múltiples fines: contratación y formación de agentes de Aduanas y Protección Fronteriza, transporte y costos relacionados con la deportación de no ciudadanos, recursos para “mejorar los procesos de evaluación” de extranjeros que buscan ingresar o permanecer en EE.UU., y procesos acelerados de deportación.

Sección 100002: “Tarifa para solicitudes de asilo”

Se establece una tarifa mínima de $100 para toda solicitud de asilo, sin posibilidad de exención o reducción por ningún motivo.

Sección 100003: “Tarifas para Documentos de Autorización de Empleo”

Los solicitantes de asilo, personas con libertad condicional (parolees) y titulares de Estatus de Protección Temporal (TPS) deberán pagar al menos $550 por la solicitud inicial de autorización de empleo. No se permitirá exención ni reducción.

Los extranjeros en libertad condicional deberán pagar una tarifa de al menos $1,000, a menos que cumplan con criterios de excepción. De no cumplir, no habrá exención alguna.

Sección 100010: “Tarifa por renovación o extensión de autorización de empleo para parolees”

Quienes deseen renovar o extender su permiso de trabajo deberán pagar al menos $275, sin excepción posible.

Sección 100009: “Tarifa anual para solicitantes de asilo”

Cada año que la solicitud de asilo esté pendiente, se deberá pagar una tarifa anual mínima de $100, sin posibilidad de exención o reducción.

Sección 100017: “Tarifa de aprehensión para extranjeros inadmisibles”

Todo no ciudadano considerado inadmisible y detenido entre puertos de entrada deberá pagar una tarifa de al menos $5,000.