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La Corte Suprema falla a favor de la Diócesis de Brooklyn, indicando que una orden ejecutiva del gobernador Cuomo violó derechos garantizados por la Primera Enmienda

La Diócesis de Brooklyn resultó victoriosa en una decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos anunciada la noche del miércoles. La Corte Suprema dictaminó que las restricciones impuestas por el gobernador Cuomo a la asistencia a servicios religiosos viola los derechos garantizados por la Primera Enmienda.

La Corte Suprema, en una decisión de 5 a 4, dictaminó que la orden ejecutiva de Cuomo, que limitaba el número de asistentes a servicios religiosos en zonas con un elevado número de casos de COVID-19 —en algunos casos a solo 10 personas—, constituye una violación de la libertad religiosa.

La decisión de la Corte estuvo basada en las demandas presentadas por la Diócesis de Brooklyn y Agudath Israel, una organización judía ortodoxa.

Técnicamente, la Corte emitió un mandato judicial que impide al Estado de Nueva York aplicar las restricciones establecidas por la orden ejecutiva del Gobernador.

En la opinión mayoritaria, que se publicó sin firma, la corte reconoce que la orden ejecutiva del Gobernador, emitida el pasado 6 de octubre, tenía como objetivo preservar la salud pública pero que “ni siquiera en medio de una pandemia se puede obviar u olvidar la Constitución”.

En un comunicado de prensa emitido el jueves en la mañana por la Diócesis de Brooklyn, Mons. Nicholas DiMarzio, obispo de Brooklyn, indicó que la decisión de la Corte Suprema era una importante victoria para la libertad religiosa.

“Me siento satisfecho por la decisión de los jueces de la Corte Suprema de los Estados Unidos, quienes han reconocido la clara violación de la Primera Enmienda y la urgencia de remediar dicha violación en este caso”, dijo el obispo. “Me siento orgulloso de liderar la Diócesis de Brooklyn y de luchar por nuestro derecho, sagrado y constitucional, a practicar nuestra fe”.

La diócesis había presentado su demanda contra Cuomo en su capacidad de gobernador de Nueva York el pasado 8 de octubre, dos días después de que el Gobernador emitiera su orden ejecutiva.

De acuerdo con la orden ejecutiva, se crearon tres zonas para designar las áreas con promedios elevados de casos de COVID-19. Las zonas designadas como “rojas” tenían las normas más estrictas, pues limitaba a10 personas la cantidad de fieles que podían asistir a un servicio religioso, sin tomar en cuenta la capacidad del templo donde se celebrara dicho servicio. En las zonas designadas como “naranja” el límite era de 25 personas, mientras que en las zonas “amarillas” se permitía la asistencia del 50 por ciento de la capacidad natural del lugar de culto.

La Diócesis de Brooklyn, que había indicado antes que dos docenas de sus iglesias en Brooklyn y Queens estaban en las zonas rojas, argumentó en su demanda que las restricciones en efecto implicaban el cierre de las iglesias.

La Corte coincidió con ese criterio.

“No hay duda de que las restricciones, si se aplicaran, causarían un daño irreparable”, dice el fallo de la Corte Suprema. “No hay justificación para estas medidas”.

La Corte también criticó a Cuomo por aplicar a las instituciones religiosas un “trato especialmente severo”, pues a los negocios de las mismas zonas se les permitió seguir funcionando con muchas menos restricciones.

La Corte también indicó que “no existen pruebas de que las organizaciones que han presentado la demanda contribuyeran al incremento de casos de COVID-19”.

Mons. DiMarzio argumentó que las restricciones impuestas por Cuomo eran excesivas

“Hemos llevado nuestra batalla legal hasta este punto porque debemos ser considerados como servicios esenciales. ¿Qué puede ser más esencial que congregarse pacíficamente para orar en tiempos de pandemia?”, dijo el obispo.

En la demanda de la Diócesis se describen algunas de las medidas que se han tomado para salvaguardar la salud de los fieles, entre ellas establecer sus propios límites de asistencia, el uso mandatorio de máscaras y la limpieza frecuente de los templos.

La decisión de la Corte Suprema significa que las iglesias de Brooklyn y Queens podrán abrir sus puertas este fin de semana sin las restricciones de la orden ejecutiva de Cuomo.

En una opinión coincidente con la de la mayoría de sus colegas, el juez Brett Kavanaugh explicó que este caso tiene una urgencia especial.

“Emitir este mandato judicial ahora en lugar de unos días después no sólo hará que los derechos constituciones del solicitante sean protegidos, sino que además ofrecerá una clarificación necesaria a las organizaciones estatales y religiosas”, indicó Kavanaugh.

El abogado Randy M. Mastro representa a la Diócesis de Brooklyn en este caso.

“Mons. DiMarzio ha demostrado su valentía y su compromiso de reabrir las iglesias de Brooklyn, garantizar la salud de los fieles, y mantener abiertos los templos”, dijo Mastro. “De modo que esta es una gran victoria para las iglesias de Brooklyn, pero es también una victoria para todas las personas de fe cuyos derechos han sido vindicados”.

La Conferencia de Obispos Católicos del Estado de Nueva York dijo en un comunicado que, aunque las restricciones era injustamente severas, los obispos continuarán colaborando con los funcionarios del estado para prevenir la diseminación del coronavirus.

“Continuaremos haciéndolo, pues proteger a los más vulnerables es también parte de la defensa de la vida. Estamos orgullosos del éxito que hemos tenido en la prevención del contagio de nuestros fieles”, expresó Dennis Poust, director of comunicaciones de la Conferencia de Obispos Católicos del Estado de Nueva York.

Según Mastro, la anterior decisión de la corte del distrito en relación con la apelación de la Diócesis, en la que se negó a emitir un decreto judicial para impedir la aplicación de la orden del Gobernador, aún está en proceso en el Segundo Circuito. Esa audiencia está programada para el 18 de diciembre.