Columna del Obispo

Derechos constitucionales de los feligreses para practicar su fe

QUERIDOS HERMANOS Y HERMANAS EN CRISTO:

En mi clase de educación cívica de la secundaria, jamás imaginé que lo que aprendí en aquel entonces se pondría a prueba durante mi propia vida. Según la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de América, todos los habitantes de esta nación tienen el derecho a practicar su propia religión, o ninguna en absoluto.

Declarado expresamente: “El Congreso no podrá hacer ninguna ley con respecto al establecimiento de la religión, ni prohibiendo la libre práctica de la misma”.

Durante el último período de restricciones debido a la pandemia del coronavirus, en nuestra diócesis de Brooklyn, en las “zonas rojas” —ahora limitadas a Brooklyn pero anteriormente también en Queens— hemos sufrido un cercenamiento real de nuestro derecho al culto; ha sido un exceso.

Para ser claros, la salud y seguridad de todas las personas es primordial para la Diócesis. Debe entenderse en contexto cuán cuidadosa ha sido la diócesis de Brooklyn y Queens para asegurarse de que nuestras iglesias sean espacios seguros para el culto durante la pandemia.

Cuando era evidente que nadie conocía a ciencia cierta este virus y que las iglesias podían ser un lugar de contagio, cerramos voluntariamente una semana antes de que llegara la orden del estado de Nueva York.

Aquí en la Diócesis, esperamos diez días más después de que el Estado diera la orden de que podíamos abrir nuestras puertas nuevamente. Esto lo hicimos con el propósito de garantizar que realmente estábamos listos para lidiar con todas las cuestiones que implican que los fieles estuvieran seguros.

Con ese fin, establecí un comité, encabezado por el comisionado Joseph Esposito, antiguo comisionado del Departamento de Control de Emergencias de la Ciudad de Nueva York y Jefe de Departamento retirado en el Departamento de Policía de la Ciudad de Nueva York (NYPD). Joseph Esposito presidió el comité, compuesto por un panel de profesionales experimentados, sobre nuestros planes de reapertura y la posterior apertura segura de nuestras iglesias.

Aprovecho este momento para agradecer públicamente al comisionado Esposito y a todos los miembros del comité por el tiempo y el cuidado especial que ofrecieron a la Diócesis al guiarnos hacia la reapertura segura de nuestras iglesias y escuelas.

Nunca fue la intención de la Diócesis desafiar las leyes del Estado de Nueva York. En el momento en que escribo esta columna, hay seis iglesias en la “zona roja”, algunas de las cuales están literalmente al cruzar la calle de las “zonas amarillas” donde se permite el 50 por ciento de ocupación, en comparación con el máximo de 10 personas o 25 por ciento, lo que represente el menor número.

De hecho, en nuestras iglesias en la “zona roja” solo puede haber un sacerdote y nueve feligreses.

La mayoría de las iglesias han permanecido cerradas mientras nos planteamos esta simple pregunta: “¿cómo decidimos quiénes serán las nueve personas a las que se les permitirá asistir a misa?”

Otro factor clave que las regulaciones gubernamentales no han tomado en cuenta es el colosal tamaño de la mayoría de nuestras iglesias, donde puede mantenerse el distanciamiento social, se requiere el uso de mascarilla y se ponen en práctica una serie de protocolos de seguridad que funcionan a la perfección.

Durante este tiempo de la pandemia, nos hemos asegurado de que nuestras parroquias hayan estado acompañando a los fieles a través de celebraciones en vivo. Hubo un momento en que nuestro propio canal de televisión NET-TV transmitía ocho misas en diferentes idiomas entre semana y dominicales.

La Diócesis hizo todo lo posible por mantener a los fieles de Brooklyn y Queens cerca de la ceremonia litúrgica. Solo se televisaron misas en vivo, para que los feligreses que la veían pudieran disfrutar de la comunión espiritual acompañada de la celebración real de la Eucaristía que estaban presenciando. Nuestras iglesias reabrieron con éxito en el mes de julio; pero en octubre nos vimos obligados a cerrar varias parroquias en zonas designadas por el estado de Nueva York.

Tomando en consideración que el papel del gobierno estatal es mantener a sus ciudadanos a salvo del contagio, hemos coincidido en que esto debe lograrse de manera razonable.

Con ese fin, hemos presentado una petición a dos tribunales en dos audiencias separadas. Ambas solicitudes de una orden judicial de emergencia para reabrir nuestras iglesias — aplicando las mismas restricciones de la “zona amarilla” en la “zona roja” — fueron denegadas.

La “zona naranja” ahora ha sido eliminada. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que el tribunal federal de distrito elogió a la diócesis por todos los protocolos de seguridad poniendo a nuestras iglesias como un verdadero ejemplo. La razón de este litigio es proteger los derechos constitucionales de nuestros feligreses para ejercer libremente su fe.

Nuestro país se fundó sobre la noción de libertad religiosa, la religión es esencial; lamentablemente, el Estado no considera que la religión sea fundamental. Tratar la religión como algo no esencial es una situación que, por desgracia, no es exclusiva de Nueva York. Por ejemplo, en California, todas las iglesias tienen una capacidad limitada a 100 fieles.

En nuestro caso ante el tribunal, declaramos que en muchas de nuestras iglesias pueden acomodarse perfectamente 500, 600 e incluso 1000 personas en “tiempos normales”.

Permitir el 25 por ciento de esta capacidad aún dará un espacio más que suficiente y adecuado para respetar el distanciamiento social que mantenga a salvo a nuestra comunidad. Además del distanciamiento social, las precauciones que hemos tomado son el uso obligatorio de mascarillas y medidas de higienización entre cada servicio.

Todos estos cuidados que hemos tomado desde la reapertura en julio no tienen comparación con otros lugares de reunión pública en la ciudad de Nueva York. La cuestión fundamental para el Estado es que las iglesias se consideran “no esenciales”, al igual que los cines, las boleras y otros servicios similares donde se reúnen grandes grupos de personas.

Pero los servicios no esenciales, sin embargo, no están protegidos por la Constitución de los Estados Unidos que dice que “tienen el derecho a practicar su propia religión, o ninguna en absoluto”. Nosotros, bajo ningún concepto, le hemos pedido a nadie que se ponga en peligro de contraer el virus por asistir a misa. La dispensa de asistir a la misa dominical seguirá vigente hasta el final de la pandemia.

Sin embargo, hemos dejado claro que debemos tener acceso a nuestras iglesias para aquellos que están sanos y desean asistir a la celebración de la Eucaristía. Hemos sostenido que los católicos en Brooklyn y Queens han sido castigados con un enfoque generalizado cuando no somos la causa de la propagación del contagio.

Ningún incidente de la propagación del contagio ha podido asociarse a nuestras reuniones para las misas entre semana o dominicales.

Continuaremos reclamando a los tribunales y a nuestros funcionarios electos mientras nos esforzamos por preservar los derechos fundamentales que son una parte preciada de nuestra herencia en esta nación.

Jamás me hubiera imaginado cuando estaba en la secundaria que la necesidad de remar mar adentro equivaldría a presentar una demanda ante los tribunales federales para preservar nuestro derecho al culto.

La Diócesis ha demostrado que puede lidiar con el coronavirus en nuestras iglesias, y se nos debería permitir el libre ejercicio de nuestra fe dentro de los límites prescritos para los servicios esenciales.

El derecho a practicar la propia fe es esencial para nuestra nación y este derecho debe protegerse. El gobierno tiene el derecho y el deber de proteger la salud de los ciudadanos, pero este deber no puede ser tan abarcador como para extinguir el derecho a practicar libremente la fe.

El tema de la libertad religiosa es uno que debe estar en nuestro radar porque, en el futuro, podríamos ver más intentos de redefinir el significado de la libertad religiosa y relegarnos no solo a estar dentro de nuestras iglesias, sino incluso a controlar el número de personas a quienes se les permite entrar.