Derecho y vida

Los padrinos y el pecado de “habriaqueísmo”

(CNS/Michael McArdle, Northwest Indiana Catholic)

El habriaqueísmo es para muchos un nuevo pecado recientemente descubierto. El papa Francisco, en la exhortación apostólica Evangelii Gaudium n. 96, nombra y describe ese pecado, y explica que lo padecen quines dicen “lo que habría que hacer”.

Es un malestar espiritual que se manifiesta con síntomas de sueños de vanagloria sobre lo que habría que hacer, pero olvidando lo que hay en la realidad. El Papa advierte: “¡Cuántas veces soñamos con planes apostólicos expansionistas, meticulosos y bien dibujados, propios de generales derrotados! (…) Cultivamos nuestra imaginación sin límites y perdemos contacto con la realidad sufrida de nuestro pueblo fiel”.

Combatir el habriaqueísmo es uno de los nuevos retos en la vida de la Iglesia. El Papa nos da el antídoto para este problema: concentrarnos en “lo que hay”.

Ahora, para dar un ejemplo de los síntomas del habriaqueísmo, veamos el tema de la selección de los padrinos del bautismo.

Por un lado, está el habriaqueísmo de los padres que piensan que su hijo debería tener un mejor padrino. Muchas veces los padres insisten en que el padrino habría de ser un familiar, o el mejor amigo, o un político reconocido, o un ricachón que pueda pagar luego la fiesta de quinceañera y la boda después. Claro que sí, si el candidato para ser padrino tuviese todas esas características, sería todo perfecto.

Muchas veces este habriaqueísmo sufre una desconexión con la realidad porque el padrino elegido puede que no haya completado sus sacramentos o que no viva una vida congruente con su fe. El habriaqueísmo debe tener en cuenta lo que hay en el derecho.

El Código de Derecho Canónico, canon 874 §1, provee que en la selección de los padrinos, es necesario que:

• haya cumplido dieciséis años;
• sea católico y que haya recibido todos los sacramentos del Bautismo, Confirmación y de la Eucaristía;
• lleve una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir;
• no esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada; y
• no sea el padre o la madre de quien se ha de bautizar.

Por otro lado, hay un habriaqueísmo pastoral en las exigencias estrictas que se ponen para la selección de los padrinos. Con estas exigencias se pretende asegurar el futuro del niño bautizado. Pero a veces son tan altas que dificultan a los padres encontrar un padrino apropiado teniendo en cuenta la realidad de nuestro tiempo.

La responsabilidad de los padrinos se dirige hacia el futuro del bautizado. Durante el bautismo, lo que hacen es solamente la promesa de desempeñar la obligación de ayudar a los padres a educar al niño en la fe, para que guarde los mandamientos de Dios, ame al Señor y al prójimo, como Cristo nos enseña en el Evangelio. Así, los padrinos se comprometen realmente a ser ejemplares y así guiar al bautizado por el camino de fe. En ese momento, nadie podría comprobar el cumplimiento de lo prometido.

Lo que importa al final es bautizar al niño y no demorar ni omitir el sacramento por falta de padrino.