CIUDAD DEL VATICANO (CNS) — Una serie de leyes y procedimientos promulgados por el ahora Papa emérito Benedicto XVI y, especialmente, por el Papa Francisco para proteger a los niños, promover la investigación de acusaciones de abuso sexual por parte del clero y castigar a los infractores se incluyen en una sección minuciosamente revisada del Código de Derecho Canónico.
La revisión del “Libro VI: Sanciones penales en la Iglesia”, uno de los siete libros que componen el código del rito latino de la Iglesia católica, se promulgó el 1 de junio y entrará en vigor el 8 de diciembre, escribió el Papa Francisco.
Reescribiendo 63 de los 89 cánones del libro, la revisión aborda una serie de cuestiones que han surgido en la vida de la iglesia desde que San Juan Pablo II promulgó el código en 1983. Las descripciones de los delitos de abuso sexual, incluida la pornografía infantil, son más explícitas, y las acciones requeridas de un obispo o superior de una orden religiosa en el manejo de las acusaciones son más estrictas.
Los cánones revisados también incluyen nuevas referencias al intento de ordenación de una mujer y a una variedad de delitos financieros; al igual que los nuevos cánones que tratan el abuso sexual se basan en el lenguaje de las leyes promulgadas por separado durante los últimos 20 años.
“Muchos han sido los daños que ocasionó en el pasado la falta de comprensión de la relación íntima que existe en la Iglesia entre el ejercicio de la caridad y la actuación de la disciplina sancionatoria, siempre que las circunstancias y la justicia lo requieran. Ese modo de pensar —la experiencia lo enseña— conlleva el riesgo de temporizar con comportamientos contrarios a la disciplina, para los cuales el remedio no puede venir únicamente de exhortaciones o sugerencias.”, escribió el papa Francisco en Pascite Gregem Dei (Apacentando el rebaño de Dios), la constitución apostólica promulgando los cambios.
Si bien la ley de la Iglesia se aplica a todos los católicos, el Papa dijo que para los obispos, la observancia del derecho canónico “es un cometido que pertenece de modo indisociable al munus pastorale que a ellos se les confía, y que debe ejercerse como concreta e irrenunciable exigencia de caridad ante la Iglesia, ante la comunidad cristiana y las eventuales víctimas, y también en relación con quien ha cometido un delito, que tiene necesidad, al mismo tiempo, de la misericordia y de la corrección de la Iglesia”.
A lo largo de los años, dijo, se hizo evidente que la descripción del código de delitos y penas debía ser “modificarla de modo que permitiera su empleo a los Pastores como ágil instrumento saludable y correctivo, y que pudiese ser usado a tiempo y con caritas pastoralis, a fin de prevenir males mayores y de sanar las heridas causadas por la debilidad humana”.
El libro revisado fue presentado a la prensa el 1 de junio por el arzobispo Filippo Iannone y el obispo Juan Ignacio Arrieta, presidente y secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos respectivamente. En 2009, el Papa Benedicto XVI pidió al consejo que comenzara el proyecto de revisión.
La revisión mueve los cánones sobre el abuso sexual de niños, por parte de un sacerdote, religioso o laico que trabaja para la iglesia, fuera de la sección sobre violaciones de la obligación del celibato, en una nueva sección titulada de “Delitos contra la vida humana, la dignidad y la libertad “.
Agrega al derecho canónico el delito de “corrupción de menores”, y pide penas, incluida la destitución del sacerdocio para un clérigo que “manipula o induce a un menor o a una persona que habitualmente tiene un uso limitado de la razón o a quien la ley le reconoce similar protección para exponerse pornográficamente o participar en exhibiciones pornográficas, ya sean reales o simuladas”.
Sin embargo, el lenguaje revisado todavía se refiere a la violación y otras formas de abuso sexual como “una ofensa contra el Sexto Mandamiento”: No cometerás adulterio.
El uso continuo del Sexto Mandamiento para referirse a cualquier actividad sexual inapropiada, inmoral o incluso criminal “es tradicional” en la ley de la iglesia, dijo el obispo Arrieta, y para los católicos su significado “es claro”, lo cual es necesario al redactar una ley que sea válido en todos los continentes y en todas las culturas.
Al incorporar la ley eclesiástica reciente con respecto al abuso, el nuevo código no se refiere al abuso de adultos “vulnerables” o “personas vulnerables” como lo hizo el Papa Francisco en su motu proprio de mayo de 2019, Vos estis lux mundi.
Mons. Arrieta dijo que el término “persona vulnerable”, aunque se entiende y reconoce en la ley de muchos países, no es universalmente aceptado como una categoría legal de personas que merecen protección especial. En cambio, la nueva ley se refiere a las personas a quienes la ley reconoce como merecedoras de la misma protección que se brinda a los menores y a aquellos con “un uso limitado de la razón”.
La ley revisada también prevé sanciones para quien “se niegue a denunciar un delito, cuando así lo requiera una ley canónica”.
Mons. Arrieta agregó que la disposición se refiere a la obligación de denunciar los delitos graves, como el abuso sexual, a las autoridades eclesiásticas, no a las autoridades civiles. Si la denuncia penal al estado es obligatoria, el estado lo hará cumplir, dijo.
El código revisado también dice: “Tanto quien intente conferir un orden sagrado a una mujer como la mujer que intente recibir este orden sagrado, incurren en una excomunión latae sententiae (automática) reservada a la Sede Apostólica; un clérigo, además, puede ser castigado con la destitución del estado clerical”.
Dado que el Papa Francisco en abril de 2020 formó una segunda “Comisión de Estudio sobre el Diaconado Femenino”, se le preguntó a Mons. Arrieta por qué el canon revisado no especificaba la ordenación sacerdotal, dejando abierta la posibilidad de ordenar mujeres al diaconado.
El derecho canónico, respondió, se basa en el estado actual de la enseñanza de la iglesia. “Si llegamos a una conclusión teológica diferente, modificaremos la norma”, dijo, tal como se hizo en enero cuando el Papa Francisco ordenó un cambio en la redacción del derecho canónico para que las mujeres, así como los hombres, pudieran ser formalmente instalados como lectores y acólitos.