La parte más bella del ritual matrimonial es cuando los novios con las manos unidas delante del testigo cualificado —normalmente, un sacerdote— expresan sus consentimientos de entregarse y ser fieles, en las venturas como en las vicisitudes, para toda la vida. Muchas veces, en esta parte de la boda es cuando vemos a los novios llorar, declarando y recibiendo sus compromisos mutuos. Diría que son lágrimas tanto de profunda alegría como de la consumación de ese anhelo de perpetuar el amor del noviazgo en el matrimonio. La seriedad de este compromiso eleva a otro nivel el deber de fidelidad que ya no es solamente personal sino también un compromiso ante Dios y la comunidad. La fidelidad, entonces, se convierte en un deber de justicia.
De ahí la gravedad que cobra la infidelidad porque va directamente en contra de ese compromiso. Dicho todo esto para presentar el tema, estamos ya listos para responder a la pregunta: ¿la infidelidad invalida el matrimonio?
La respuesta a la pregunta no es tan fácil como se cree. La infidelidad en sí misma no es causal de nulidad. La infidelidad no invalida automáticamente el matrimonio. Sin embargo, la infidelidad puede ser una indicación sintomática de aquello que puede ser causa para declara nulo el matrimonio. Pero, por registrar un episodio de infidelidad en su petición, no crean que se les concede expeditamente la nulidad.
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Tenemos que recordar que el Tribunal Matrimonial no realiza un juicio penal. Nunca es objetivo del proceso matrimonial canónico investigar quién ha sido el culpable que causó la ruptura de la unión. Ni mucho menos tiene como objetivo penalizar a la parte culpable enviándolo a una institución correccional. Hasta ahora, desconozco si tenemos cárceles en la iglesia para esta finalidad.
El proceso matrimonial canónico se enfoca solamente en cuestionar si el matrimonio religioso es válido o inválido. Desafortunadamente, para responder con certeza moral a esta cuestión, se hace necesaria una investigación analizando los hechos anómalos. Al analizar la infidelidad, el tiempo en que se ha cometido determina mucho su utilidad en el caso.
Por una parte, la infidelidad que ocurre antes o entorno a la boda es sintomática de un problema de inmadurez de la parte infiel. Alguien que se prepara para comprometerse, pero no se comporta según lo esperado, demuestra falta de seriedad en su discreción o, en algunos casos, incapacidad para poner en práctica las promesas de fidelidad. Pueden existir dos posibilidades:
1) Si este tipo de inmadurez equivale a una falta grave de discreción de juicio ocurrida alrededor de la boda, esa infidelidad puede servir como un buen indicador de la causa de nulidad (canon 1095, 2°).
2) Si la parte infiel ha sido consciente de su comportamiento y lo hace como rechazo consciente de un compromiso de fidelidad, ese causal es lo que se denomina simulación. Cuando se simula, uno dice una cosa, pero internamente piensa otra distinta (canon 1101 §2).
Por otra parte, la infidelidad que ocurre durante la vivencia del matrimonio podría indicar causas psíquicas invalidantes. Uno puede ser infiel por razones como adicción al sexo, narcisismo, comportamiento antisocial, etc. Cualquiera de estos trastornos psíquicos puede indicar la incapacidad de la parte para asumir la responsabilidad matrimonial y, por eso, invalida el matrimonio.